Las fecha de vencimiento de pago de los tributos para no tener recargo de intereses por mora son las mostradas a continuación:
Trimestre | Patentes | Servicios Urbanos | Impuesto Bienes Inmuebles |
1° (Enero-Marzo) | 30 Diciembre | 31 Marzo | 31 Marzo |
2° (Abril-Junio) | 31 Marzo | 30 Junio | 30 Junio |
3° (Julio-Setiembre) | 30 Junio | 30 Setiembre | 30 Setiembre |
4° (Octubre-Diciembre) | 30 Setiembre | 31 Diciembre | 31 Diciembre |
Los pagos los puede realizar en el Edificio Municipal, en la sección de cajas recaudadoras, en el siguiente horario:
De lunes a viernes de 8:00 a 04:00 p.m
Además, puede cancelar los tributos en los bancos con los cuales el municipio ha formalizado el respectivo convenio.