Las fecha de vencimiento de pago de los tributos para no tener recargo de intereses por mora son las mostradas a continuación:
Trimestre |
Patentes |
Servicios Urbanos |
Impuesto Bienes Inmuebles |
1° (Enero-Marzo) |
30 Diciembre |
31 Marzo |
31 Marzo |
2° (Abril-Junio) |
31 Marzo |
30 Junio |
30 Junio |
3° (Julio-Setiembre) |
30 Junio |
30 Setiembre |
30 Setiembre |
4° (Octubre-Diciembre) |
30 Setiembre |
31 Diciembre |
31 Diciembre |
Los pagos los puede realizar en el Edificio Municipal, en la sección de cajas recaudadoras, en el siguiente horario:
De lunes a viernes de 8:00 a 04:00 p.m
Además, puede cancelar los tributos en los bancos con los cuales el municipio ha formalizado el respectivo convenio.